Comencemos por el principio, por describir qué es un contrato de arrendamiento:
Contrato de arrendamiento de vivienda: contrato en el que una de las partes, el propietario o arrendador, cede temporalmente el uso y disfrute de un inmuebles a la otra parte, denominada inquilino o arrendatario, a cambio de una contra prestación económica.
En nuestro caso, el 100% de las operaciones de alquiler se formalizan con la firma del correspondiente contrato de alquiler, donde se estipulan los derechos y obligaciones de cada una de las partes. Sin embargo, cuando el arrendamiento llega a su fin, bien sea por resolución, rescisión o extinción, muy pocos son los que plasman este hecho por escrito.
Si bien es cierto que en pocas ocasiones surgen problemas, dejar la rescisión sin plasmar por escrito puede ser un quebradero de cabeza tanto para al arrendador como para el arrendatario.
- Problemas para el inquilino
- Fianza: El arrendador tiene un plazo de 30 días para devolver la fianza depositada por la vivienda a contar desde la fecha de rescisión de contrato. Hemos visto casos en que de palabra acuerdan la devolución de la fianza, y a la hora de la verdad la devolución no se produce. Si este hecho queda reflejado en un contrato tenemos una base legal sólida con la que exigir la fianza.
- Renta: Al firmar el contrato de arrendamiento nos comprometemos a abonar una cantidad económica a cambio del uso y disfrute de la vivienda. Si no se rescinde el contrato, legalmente aún tienes derechos de uso y disfrute, y a la vez obligaciones de pago de la renta. Son pocos los casos, no obstante también hemos visto el caso del casero resentido, que tras la marcha del inquilino y tras unos meses sin alquilar la vivienda decide reclamar las cantidades al antiguo inquilino, pues el contrato no se rescindió.
- Imputación de daños contra la propiedad: Cuando se rescinde un contrato se hace mención por escrito al estado en el que se devuelve la vivienda. Si no realizamos el contrato de rescisión podemos recibir la sorpresa que pasado un tiempo el arrendador nos demande por daños realizados contra su propiedad.
- Problemas para el propietario
- Problemas legales con el nuevo inquilino: Si no rescindimos el contrato de arrendamiento y deseamos volverlo a alquilar nos podemos encontrar con la desagradable sorpresa de que el anterior inquilino nos denuncie por haber alquilado una vivienda sobre la que él tiene los derechos de uso
- Reclamación de deudas: Si ha tenido la mala fortuna de que su inquilino abandona la vivienda con deudas, entonces usted tendrá que reflejarlo en el documento de rescisión, pues es la única manera de poder cobrarlas y que el tiempo no se lleve las buenas palabras
- Fianza: En el documento de rescisión se fija la forma en la que se devolverá la fianza. Si se devuelve en ese mismo acto le servirá como recibo de entrega de la misma al inquilino. Si se aplaza usted adquiere un compromiso de devolución en un plazo máximo de 30 días y se fijará una forma de pago.
Como podéis ver son varias las ventajas que tenemos al rescindir un contrato de arrendamiento. En Barrios Inmobiliaria rescindimos cualquier contrato de arrendamiento sin coste para nuestros clientes. Si usted está interesado en rescindir su contrato de arrendamiento debería ponerse en contacto con su asesor inmobiliario. Éste debería ser capaz de explicarle la mejor alternativa para cada caso concreto y de redactar de forma correcta el documento de rescisión.
Si tiene cualquier duda al respecto puede consultarnos en la sección de consultas, le responderemos lo más rápidamente posible.