Bonificación en el Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales (ITP) en Castilla y León.

A final del 2012 la Junta de Castilla y León aprobó en el presupuesto para el ejercicio 2013 la subida de un punto sobre el tipo general del Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales, situándose en el 8% sobre el valor de compra o valoración de la propia Junta (el mayor de los dos).

Algunos colectivos pueden beneficiarse de bonificaciones en el pago del citado impuesto en los términos y condiciones que comentamos a continuación.

1.- El ITP será el 5% si el inmueble va a constituir la vivienda habitual, si no se supera un límite máximo de renta y el adquirente es titular de una familia numerosa. Si es es titular de otra vivienda debe proceder a su venta.

2.- El ITP será el 5% si el inmueble va a constituir la vivienda habitual, si no se supera un límite máximo de renta y el adquirente o cualquiera de los miembros de su unidad familiar tiene discapacidad de al menos el 65%. Si es titular de otra vivienda debe proceder a su venta.

3.- El ITP será el 5% si el inmueble va a constituir la vivienda habitual, si no se supera un límite máximo de renta, todos los adquirentes son menores de 36 años y es su primera vivienda

4.- El ITP será el 5% si el inmueble va a constituir la vivienda habitual, si no se supera un límite máximo de renta, se trata de una vivienda protegida y es la primera vivienda para todos los adquirentes.

5.- El ITP será el 0,01% si el inmueble va a constituir la vivienda habitual, si no se supera un límite máximo de renta, todos los adquirentes son menores de 36 años, es la primera vivienda para todos los adquirentes y el inmueble está situado en un municipio de Castilla y León de menos de 3.000 habitantes o de menos de 10.000 si dista más de 30 kilómetros de la capital de la provincia.

Como contra partida a las bonificaciones existe un supuesto en el que el impuesto de trasmisiones es superior al 8% del tipo general:

1.-Si la base imponible supera los 250.000 euros se tributará al tipo general del 8% hasta el citado valor, tributando la parte de la base que excede al 10%.

Si tienes pensado adquirir una vivienda debes tener en cuenta los gastos asociados a la compraventa. Tu asesor inmobiliario debería ser capaz de realizar un estudio completo de los citados gastos.

Si tienes alguna duda ya sabes que estamos a tu disposición en la sección de consultas o en el teléfono 980-510-358.

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