A orillas del Duero – Inmodiario: La nueva ley 4/2013 de alquiler de vivienda

Desde el 4 de Junio está en vigor la nueva ley 4/2013 sobre medidas de flexibilización del mercado de alquiler de viviendas.

Artículo del mes de Julio en la revista "A Orillas del Duero"
Artículo del mes de Julio en la revista «A Orillas del Duero»

Desde esa fecha han sido varios las viviendas que hemos alquilado y que por consiguiente, los intervinientes, han tenido que firmar el correspondiente contrato acorde a la nueva ley.

Y tu, ¿sabes cuales son las novedades de la nueva ley? Hablamos sobre ellos en la sección Inmodiario, en la publicación «A Orillas del Duero». Como sabéis podéis encontrarla en varios comercios de la capital del Duero, así como en Cines y en Bibliotecas. Si queréis un ejemplar podéis pasar a recogerlo por nuestra oficina.

Voy a aprovechar para resumir en este post los cambios más sustanciales de la nueva ley a la hora de alquilar una vivienda:

1. Plazos más cortos: Reducción de los plazos legales de duración del contrato. La llamada “prórroga obligatoria” pasa de cinco años a tres años. Agotado este periodo, y si ninguna de las partes se pronuncia, se aplica la “prórroga tácita automática” un año más (antes eran tres años.)

2. Revisión de las rentas: Casero e inquilino pueden actualizar el precio del alquiler sin tener que ligarlo al IPC.

3. Pago de reformas: Si un inquilino plantea una reforma para mejorar el inmueble, puede acordar con el propietario que el coste de las obras se descuente de las mensualidades.

4. Agilización del desahucio: Desde el primer mes de impago se rescinde el contrato y se inicia el procedimiento de desahucio. El desalojo podrá efectuarse a los diez días, reduciendo los trámites y notificaciones. El inquilino puede paralizar el proceso si paga las deudas, reactivando el contrato de alquiler.

5. Facilidades para dejar o recuperar la vivienda: El arrendatario podrá irse de la vivienda una vez hayan pasado al menos seis meses. Por su parte, el propietario podrá solicitar recuperar la vivienda como residencia habitual en caso de necesitarla para él o un familiar de primer grado, siempre que haya transcurrido al menos un año de contrato.

6. Venta de la vivienda arrendada: Un comprador que adquiera una vivienda en régimen de alquiler no tendrá que respetar el contrato de arrendamiento, salvo que dicho contrato se haya inscrito en el registro de la propiedad.

7. Registro de inquilinos morosos: El Gobierno ha creado un Registro de Sentencias firmes de impagos de rentas del alquiler, con el objetivo de que el propietario pueda consultar los datos de los ciudadanos que hayan incumplido sus obligaciones de pago.

8. Acreditación del certificado energético: Es obligatorio disponer del certificado de eficiencia energética haciendo mención a la calificación y entregar una copia al inquilino.

¿Qué te parecen los cambios producidos en la ley?

Como ya sabeis, podremos solventar cualquier duda en la sección consultas. Un saludo.

Así será el nuevo registro público de inquilinos morosos

Fuentes del Ministerio de Fomento explican que se están diseñando todos los pasos a seguir, así como los equipamientos tecnológicos necesarios para poner en marcha el registro, aunque todavía no hay fecha para que comience a operar.

El registro de inquilinos morosos nace con el objetivo fijado en aumentar la seguridad del propietario a la hora de decidir alquilar su vivienda y dinamizar con ello el mercado de alquiler. Para el arrendador es crucial que pueda conocer si la persona con la que va a firmar un contrato tiene o no alguna sentencia firme en la queInquilinos-morosos resulte condenado por impago de rentas.

Un inquilino moroso podrá ser incluido en el registro siempre y cuando tenga una deuda vencida exigible sas fundamentales que cumplirá el nuevo registro. Los inquilinos serán incluidos en ese fichero siempre y cuando sean y su impago haya sido reconocido por un juzgado o por un árbitro.

A la hora de cumplir con ley de protección de datos, sólo podrán acceder a los datos del registro aquellas personas físicas o jurídicas que tengan un interés legítimo en obtener la información.

El accedo será gratuito y los inquilinos que sean incluidos como morosos tendrán derecho a saber que forman parte de ese registro.

¿Crees que este registro ayudará a frenar la morosidad?

Sergio Cardona, director de Estudios y Calidad del Fichero de Inquilinos Morosos (FIM), único registro privado que existe a nivel nacional, asegura que el sistema que propugna Fomento solo podrá recoger como máximo un 10% de toda la morosidad que existe en el alquiler y no aquellos casos en los que antes de concluir el proceso judicial propietario e inquilino llegan a un acuerdo.

Comparto opinión con el señor Cardona, y me gustaría añadir que todo moroso lo tuvo su primera vez, antes de la cual su historial estaba limpio. Por eso, en Barrios Inmobiliaria recomendamos contratar un seguro de protección de rentas que garantice el cobro de las mismas, así como los gastos de abogados y actos vandálicos. Además las compañías aseguradoras van a estudiar la solvencia del futuro inquilino y si detectan cualquier impago denegarán la póliza y nos avisarán de los motivos.

Nos gustaría conocer tu opinión al respecto por lo que te animamos a dejar un comentario a este post.

Fuente: Cinco Días

Inmodiario – Nueva colaboración con la publicación «A Orillas del Duero»

Iniciamos en este mes de Junio la colaboración con la publicación A Orillas del Duero con la sección Inmodiario. En la misma trataremos de la forma más objetiva posible la actualidad inmobiliaria.

En el primer artículo hemos elegido hablar sobre el Certificado Energético de Edificios, obligatorio desde el pasado día 1 de Junio.

La revista es de distribución gratuita y podéis encontrarla en bibliotecas, en los cines de Zamora, en la oficina de turismo y en varios negocios de la ciudad, entre ellos en nuestra oficina de la Calle Palomar (Frente al Palacio de la Alhóndiga). Continúa leyendo Inmodiario – Nueva colaboración con la publicación «A Orillas del Duero»

El fracaso del alquiler con opción a compra

Hace 4 años se puso de moda la figura del alquiler con opción a compra como medida para incentivar las ventas y facilitar el acceso a la financiación. Tal fue el boom que aparecieron portales inmobiliarios especializados en esta forma de comercialización, y los grandes portales la incluyeron en sus opciones.

En estos 4 años hemos realizado varios contratos de alquiler con opción a compra. El porcentaje medio de operaciones cerradas en esta modalidad ronda 5% de las ventas anuales. Entendemos que el 5% es una cuota muy escasa en comparación a la venta tradicional, por lo que esto puede considerarse un primer fracaso. Por otro lado, del total de contratos de alquiler con opción a compra firmados durante estos 4 años, sólo en un 30% se llegó a formalizar la compraventa ante notario, lo que significa que el otro 70% desistió de comprar la vivienda por la que tenían opción. Continúa leyendo El fracaso del alquiler con opción a compra

Estudio de Rentabilidad de las técnicas de Home Staging

Cuando hablamos de la industria inmobiliaria, Estados Unidos es el referente. Está claro que la cultura y el estilo de vida son diferentes al español, sin embargo, muchas de las acciones, técnicas de venta y acciones de marketing funcionan en ambos mercados.

Los mejores agentes inmobiliarios de España se fijan y aprenden de los mejores Realtors (Agentes Inmobiliarios Americanos), e introducen novedades que mejoren sus resultados.

Ya hemos hablado más veces sobre el Home Staging y las ventajas que aporta al proceso de venta, sin embargo nunca hemos profundizado sobre la rentabilidad de las mejoras realizadas en la vivienda. Continúa leyendo Estudio de Rentabilidad de las técnicas de Home Staging

5 Consejos para Arrendadores

Consejos para Arrendadores
Consejos para Arrendadores

Hace unos días escribimos un post con 6 consejos para inquilinos. En esta ocasión queremos dar 5 consejos o recomendaciones para los arrendadores que desean alquilar su propiedad. Vamos con ellos:

1.- Pon a punto tu propiedad: Nos hemos encontrado muchas veces con viviendas que llevan mucho tiempo sin ser actualizadas. Ni las instalaciones ni el mobiliario llama la atención de los clientes, por lo que tardan más tiempo en encontrar inquilino y cuando lo hacen es gracias a bajadas de precios. Las mejores viviendas atraen a los mejores inquilinos.

En este apartado incluimos la obtención del Certificado Energético de viviendas. Si has hecho los deberes tu vivienda obtendrá una buena calificación y tendrás otra baza más para encontrar a un buen inquilino. Continúa leyendo 5 Consejos para Arrendadores

6 consejos para inquilinos

Consejos para inquilinos
Consejos para inquilinos

Estamos seguros que desde tu posición de inquilino desearías encontrar una buena vivienda que cubra todas tus necesidades actuales y al mejor precio posible, así como obtener un acuerdo justo con el casero.

Basándonos en nuestros años de experiencia en el mercado residencial y habiendo intervenido en más de 250 operaciones de alquiler, nos atrevemos a escribir este post con 6 consejos de cómo alquilar la vivienda que quieres en las mejores condiciones:

1.- Conoce el mercado: Es de vital importancia tener claro qué tipo de vivienda necesitas y qué precio tienen en el mercado actual. Tener este conocimiento te ayudará a reconocer qué viviendas tienen un precio interesante. Puedes obtener estos datos ojeando los portales inmobiliarios especializados en alquiler o solicitando ayuda a tu asesor inmobiliario, que debería ser capaz de asesorarte sobre el tipo de vivienda que necesitas para cubrir tus necesidades y qué precio tiene en el mercado. Continúa leyendo 6 consejos para inquilinos

Vender un piso en 2 meses es posible

El mercado actual pertenece claramente a los compradores. Muchas personas desean vender su vivienda, sin embargo hay pocos compradores interesados en comprar, por lo que el stock de pisos cada vez es mayor.

Sobreoferta = bajada de precios
Sobreoferta = bajada de precios

La ley de la oferta y de la demanda dice que cuando hay más oferentes que consumidores, el precio baja. Nos encontramos en esta situación, por lo que a día de hoy TIEMPO ES DINERO. Vender en menos de 2 meses SIN REGALAR la vivienda es posible. Os vamos a enseñar cómo lo conseguimos en Barrios Inmobiliaria:

La venta de una vivienda depende de 5 factores:

1.- Ubicación de la vivienda: El precio depende de la ubicación; no podemos modificarla. Continúa leyendo Vender un piso en 2 meses es posible

Aprobado el Real Decreto de Eficiencia Energética de Edificios

El pasado 5 de abril el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto para la Certificación Energética de Edificios. Este Certificado califica la eficiencia energética de un edificio o parte de un edificio en base a los siguientes factores:

  1. Orientación
  2. Grosor y longitud de los muros exteriores
  3. Tipo de ventanas Continúa leyendo Aprobado el Real Decreto de Eficiencia Energética de Edificios

La importancia de rescindir por escrito un contrato de alquiler

Comencemos por el principio, por describir qué es un contrato de arrendamiento:

Contrato de arrendamiento de vivienda: contrato en el que una de las partes, el propietario o arrendador, cede temporalmente el uso y disfrute de un inmuebles a la otra parte, denominada inquilino o arrendatario, a cambio de una contra prestación económica.

En nuestro caso, el 100% de las operaciones de alquiler se formalizan con la firma del correspondiente contrato de alquiler, donde se estipulan los derechos y obligaciones de cada una de las partes. Sin embargo, cuando el arrendamiento llega a su fin, bien sea por resolución, rescisión o extinción, muy pocos son los que plasman este hecho por escrito. Continúa leyendo La importancia de rescindir por escrito un contrato de alquiler